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El Contencioso anula el Pleno de noviembre de 2011

Heraldo de Barbate  |  11 de febrero de 2014 (03:35 h.)

La sentencia invalida la convocatoria y todas todos los puntos aprobados en la sesión, por lo que se celebrará de nuevo

A veces las mayorías no siempre tienen la razón. Así lo ha dictado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cádiz al dar la razón a los partidos de la oposición (PP,PA, IU), tras la denuncia de los tres grupos al equipo de Gobierno (PSOE) por la celebración del Pleno ordinario del mes de noviembre el año 2011.

En el mes de noviembre, la sesión plenaria estaba convocada para el día 8 a las 19.30 horas, aunque según se desprende de la sentencia, el alcalde, Rafael Quirós, comunicó la imposibilidad de asistencia de la mayoría de los concejales, por lo que “se acordaba desconvocar la sesión y atrasarla para el día 11 del mismo mes”, aunque en esta ocasión a las 08.00 horas.

Ante esta afirmación, el portavoz del PA en el Ayuntamiento de Barbate, Miguel Molina, explica que el equipo de Gobierno no podía asistir porque “tenía que ir a una simbólica reivindicación contra su mismo partido en Sevilla, demostrando el nulo respeto que han tenido desde el primer momento que llegaron al poder por los grupos de la oposición”. Desde el PP, expresan que la actuación supone un impedimento para  realizar la labor de los concejales de la oposición, y muestra nuevamente la forma de gobernar de espaldas a la ciudadanía que tiene el equipo de gobierno socialista

El Ayuntamiento de Barbate estableció la celebración de un Pleno ordinario una vez al mes, en horario de tarde. Bien es cierto que alcalde también tiene la facultad de desconvocar, aunque de forma motivada. En este caso era por “la imposibilidad de asistencia de la mayoría de los concejales”, aunque desde la sentencia se explica que esta motivación “es imprecisa” ya que no se sabe quiénes son los que no pueden asistir, para poder contabilizar el número exacto a fin de saber si existe o no quórum. De todas formas, al ser el propio presidente quien expresa su imposibilidad de asistencia impide la celebración de la sesión ordinaria. Diferente sería para las extraordinarias.

Por ello, lo que procedía era posponer el orden del día para la siguiente sesión ordinaria o bien para una extraordinaria. Pero el decreto de 8 de noviembre de 2011que desconvoca la sesión convocada, se apoya en el artículo 78.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, precepto que regula las sesiones extraordinarias del pleno, y sin embargo convoca sesión ordinaria.

Ante estos hechos, el Juzgado anula la convocatoria y los acuerdos adoptados, ya que obstaculiza la participación de los concejales afectados en los asuntos del pleno al no haberse respetado el día y la hora acordada sin justificación alguna.

El equipo de Gobierno, condenado al abono de las costas

La resolución invalida todos los acuerdos adoptados en la sesión plenaria, y la exigencia del pago por parte del grupo municipal socialista a las costas del juicio. Para el portavoz andalucista, Miguel Molina, supone “un gasto económico que los señores que forman el equipo de Gobierno costeen de sus propios bolsillos y no nos lo hagan pagar a todos los barbateños que ya llevamos varios años pagando las consecuencias de sus desaciertos políticos y que todos ellos levantaron la mano para aprobar  un pleno todo lo que ellos llevaron sin contar con la asistencia de la oposición”.

El parlamentario y presidente del Partido Popular de Barbate José Manuel Martínez, indicó que el alcalde de Barbate no puede seguir gobernando al margen de la legalidad, y que como alcalde y máxima autoridad del municipio debe ser el primero en dar ejemplo. Martínez, pide, al igual que Molina, que el equipo de Gobierno pague de sus propios bolsillos los costes del juicio, y no lo carguen al pueblo, “por una serie de malas gestiones que el gobierno socialista cometió a sabiendas que estaban al margen de la legalidad”.

 

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